Muchos empleados disfrutan de su trabajo, pero están soñando constantemente con adaptar su horario para conciliar mejor con la vida personal y/o familiar. ¿Sabes que esta posibilidad es real? Queda recogida en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, pero aún con todo, tiene un pero.
Cualquier empleado puede solicitar un cambio de horario y la empresa tiene que responder en un máximo de 15 días. Es lo que se conoce como concreción horaria y protege el derecho de los trabajadores a ajustar su jornada laboral con el objetivo de atender hijos, familiares dependientes, o simplemente mejorar su calidad de vida.
Sin embargo, no es tan sencillo como solicitar el cambio de forma verbal: la solicitud tiene que presentarse por escrito exponiendo las razones.
Un ejemplo muy claro: un empleado quiere evitar los turnos de noche para cuidar de sus hijos, y para ello tiene que aportar documentación que justifique la solicitud, tales como certificados de escolaridad.
Y ojo, que una vez presentada la solicitud, la empresa tiene varias opciones: aceptar tal como se plantea el cambiorealizar una contraoferta modificando algunos aspectos o denegarla si las justificaciones no son válidas.

Trabajador Horas Extra / Google
¿Qué sucede si el trabajo deniega tus motivos? El trabajador siempre puede emprender un procedimiento legal, y mediante medidas cautelares, comenzar a trabajar con el horario solicitado hasta que se haya resuelto la disputa.
Ten en cuenta que en muchos casos, esta solicitud queda a expensas de lo que considere que es justificado o no. Una interpretación que puede ir a tu favor o en contra, pero que queda recogida en el citado artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.
Lo mejor que puedes hacer siempre es conocer muy bien tus derechos como trabajador y conseguir que estos queden validados eon cualquier puesto de trabajo en el que estés.














