La Corte Suprema ordenó el miércoles a la Comisión de Servicio Público de la Unión (UPSC) que incorpore en la notificación de exámenes una disposición que permita a los candidatos elegibles solicitar un cambio de escribano hasta al menos siete días antes del examen. El tribunal también pidió a la UPSC que presente en un plazo de dos meses una declaración jurada de cumplimiento integral que describa el plan de acción propuesto, el cronograma y las modalidades para la implementación y el uso de un software de lectura de pantalla para candidatos con discapacidad visual en los exámenes realizados por la comisión.
Un tribunal de jueces Vikram Nath y Sandeep Mehta dijo que los derechos garantizados a las personas con capacidades diferentes no son actos de benevolencia, sino expresiones de la promesa constitucional de igualdad, dignidad y no discriminación.
“Antes de partir, este tribunal considera apropiado observar que la verdadera medida de inclusión en la gobernanza no radica simplemente en la formulación de políticas progresistas sino en su implementación fiel y efectiva”, dijo el tribunal.
El tribunal superior emitió su veredicto sobre una declaración presentada por Mission Accessibility, una organización dedicada a la promoción de los derechos de las personas con capacidades diferentes, que buscaba una modificación en el cronograma para el registro de escribas en el Examen de Servicios Civiles realizado por la UPSC.
La petición también buscaba una dirección que permitiera el uso de computadoras portátiles equipadas con un software de lectura de pantalla, junto con cuestionarios digitales accesibles, para los candidatos elegibles.
En su veredicto, el tribunal ordenó que la UPSC “se asegure de que en cada notificación de los exámenes que realiza, se incorpore una disposición clara que permita a los candidatos elegibles para un escribano solicitar un cambio de escribano hasta al menos siete días antes de la fecha del examen”.
Dijo que tales solicitudes deben ser consideradas y resueltas objetivamente mediante orden motivada dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de las solicitudes.
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El tribunal ordenó a la UPSC que presentara una declaración jurada de cumplimiento integral, “delineando claramente el plan de acción propuesto, el cronograma y las modalidades para la implementación y el uso de un software de lectura de pantalla para candidatos con discapacidad visual en los exámenes que realizará”.
Dijo que la declaración jurada también especificará los pasos propuestos para las pruebas, estandarización y validación del software y la infraestructura relacionada en todos los centros o en los centros de examen designados.
El tribunal dijo que la declaración jurada también indicará la viabilidad de garantizar que dicha instalación esté operativa y disponible para todos los candidatos elegibles del próximo ciclo de exámenes.
Ordenó que la UPSC, en coordinación con el Departamento de Empoderamiento de Personas con Discapacidad y el Instituto Nacional para el Empoderamiento de Personas con Discapacidad Visual, formule pautas y protocolos uniformes para el uso del software lector de pantalla y otras tecnologías de asistencia para garantizar la estandarización, accesibilidad y seguridad del proceso de examen.
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También ordenó al Centro, a través del Departamento de Personal y Capacitación y el Ministerio de Justicia Social y Empoderamiento, que brindara todo el apoyo administrativo y técnico necesario al UPSC para una implementación expedita de estas medidas.
El banco dijo que el Centro también facilitará la coordinación con los estados y las autoridades examinadoras, cuando sea necesario. “Se ordena además que la implementación de estas medidas se lleve a cabo de una manera que garantice la total accesibilidad a los candidatos elegibles manteniendo al mismo tiempo la santidad, confidencialidad y equidad del proceso de examen”, dijo el tribunal.
Dijo que estas instrucciones se están emitiendo para garantizar que el mandato constitucional de igualdad, no discriminación y el derecho a vivir con dignidad consagrado en los artículos 14 y 21, leídos junto con las disposiciones de la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad de 2016, se implemente de manera significativa.
El banco dijo que estas instrucciones también se están emitiendo para que las medidas de facilitación previstas por la UPSC se pongan en práctica tanto en letra como en espíritu dentro del plazo estipulado.
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Dijo que, al ser el principal organismo encargado de defender los valores de mérito y justicia en la contratación pública, la comisión debe garantizar que sus procesos sean accesibles, transparentes y sensibles a las necesidades de cada segmento de la sociedad.
“Por lo tanto, es imperativo que las instrucciones emitidas en este documento se lleven a cabo con la mayor seriedad, sensibilidad y rapidez, de modo que la visión constitucional de igualdad de oportunidades y participación significativa de las personas con discapacidad no se reduzca a una aspiración lejana, sino que se haga realidad como una realidad viva, aplicable y duradera en la realización de todos los exámenes públicos en el país”, dijo.
El tribunal pospuso el asunto hasta el 16 de febrero del próximo año para recibir la declaración jurada de cumplimiento de la UPSC.
Dijo que la medida de una sociedad justa e inclusiva no reside simplemente en las libertades que proclama, sino en las oportunidades que garantiza para que todos sus ciudadanos realicen su máximo potencial.
“La igualdad, en su sentido más auténtico, no exige uniformidad sino la eliminación de barreras que impiden a los individuos estar en pie de igualdad”, afirmó.
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“La ley, como instrumento de justicia, debe, por lo tanto, ir más allá de la igualdad formal para garantizar una inclusión sustantiva, transformando los derechos de promesas escritas en realidades vividas”, dijo el tribunal.













