Viernes 14 de noviembre de 2025 – 17:49 WIB
Jacarta – El experto en derecho constitucional Muhamad Rullyandi evalúa que la asignación de miembros de la Policía Nacional a ministerios o instituciones estatales sigue siendo legalmente válida siempre que respeten las disposiciones de la Ley del Aparato Civil del Estado (ASN) y las normas gubernamentales relativas a la gestión del aparato civil del Estado.
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Explicó que la Ley Número 2 de 2002 relativa a la Policía no prohíbe que los miembros activos de la Policía Nacional sean asignados fuera de la institución policial, siempre que la colocación no esté relacionada con cargos políticos.
“En realidad, la Ley de Policía Nacional no regula las restricciones a las asignaciones fuera de la policía siempre que estén relacionadas con la Ley ASN”, dijo Rullyandi en Yakarta, el viernes 14 de noviembre de 2025.
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Las restricciones, dijo, sólo se aplican a los miembros de la Policía Nacional que deseen ocupar puestos políticos, como candidatos a miembros de la RPD, jefes regionales o ministros. En este puesto, el personal de la Policía Nacional está obligado a dimitir o solicitar la jubilación anticipada.
“La Ley de la Policía Nacional sólo lo limita en lo que se refiere a cubrir puestos fuera de la Policía Nacional, que es un proceso político”, explicó.
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Rullyandi agregó luego que las asignaciones a puestos no políticos todavía están permitidas siempre que exista un mecanismo para igualar puestos y coordinar con el Ministerio de Empoderamiento del Aparato Estatal y Reforma Burocrática.
“Mientras la asignación de miembros de la Policía a ministerios o instituciones se lleve a cabo de conformidad con la Ley ASN, dentro del marco de las regulaciones gubernamentales relativas a la gestión de ASN y en coordinación con el Ministerio de Reforma Administrativa y Burocrática, entonces no habrá problemas”, afirmó.
También dijo que la última decisión de la Corte Constitucional no cambió los principios básicos sobre la autoridad de la Policía Nacional para asignar personal ajeno a la institución.
“Con la nueva decisión del Tribunal Constitucional, la posición de la Policía sigue siendo válida de asignar miembros fuera de la estructura de la Policía, siempre que esté relacionada con la aplicación de la Ley ASN y la gestión de los funcionarios”, afirmó.
Como se informó anteriormente, el Tribunal Constitucional (MK) enfatizó que los miembros de la Policía Nacional de Indonesia (Polri) que ocupan puestos fuera de la policía, también conocidos como puestos civiles, deben dimitir o retirarse del servicio policial.
La Corte Constitucional, mediante Decisión Número 114/PUU-XXIII/2025 pronunciada el jueves, eliminó las disposiciones que previamente habían brindado un vacío legal para que los policías en activo ocuparan cargos civiles sin renunciar primero a su condición de miembros.
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“Declarar la frase ‘o no basado en una asignación del Jefe de Policía’ en la Explicación del Artículo 28, párrafo (3) de la Ley Número 2 de 2002 relativa a la Policía Nacional es contrario a la Constitución de 1945 de la República de Indonesia y no tiene fuerza legal vinculante”, dijo el presidente del Tribunal Constitucional, Suhartoyo, en la Sala Plenaria del Tribunal Constitucional de Yakarta.











